lunes, 27 de septiembre de 2010

La Cárcel

Ayer aprendí que compasión es sentir lo que siente el otro, compartir el dolor…

Cuando fui a la cárcel con mis compañeros, no sentí lástima sino compasión por ellos y ellas, independientemente de lo que hayan cometido.

Al atravesar las puertas despintadas con el tiempo y ver el sol que se escondía detrás de los muros que cubren ese lugar de encierro, pensé cuanta soledad y cuánta tristeza hay aquí. Lo vi reflejado en las rejas gruesas, en los cerrojos, en las paredes robustas, en las ventanas pequeñas en las que se asoman frazadas y telas, en cada centímetro del lugar que recorrí.

En la entrada había ladrillos que seguramente no serían utilizados para construir aulas sino para hacer más espacios de soledad, de reclusión. Pensé entre mí ¡qué caro se pagan los hechos adentro, para que después te lo reprochen afuera! Me pregunté ¿así la sociedad piensa que se van a “insertar” o “rehabilitar”?

Cuando llegamos a la capilla de la cárcel sentí que Dios les brindaba un lugar en dónde se olvidaban por completo que estaban privados de la libertad. Un salón con bancos de iglesia ya viejos, tal vez descartados por otros lugares, cuadros de la Virgen, de Jesús, un pequeño altar y detrás una cruz e fierro la cual tenía una silueta sobre ella, estos elementos componen la sala de la capilla. En los costados hay unos ventanales que dejaban entrar claridad y fuera de estos había muchas palomas formando su nido. Más de uno quisiera ser como una de esas palomas…

La esperanza colmo el lugar, pasó de ser triste a ser alegre, lleno de risas emociones y nuevas relaciones. Noté la gran necesidad que tienen de comunicarte lo que sienten, sus causas, sus gustos, su futuro afuera, las ganas de decir al mundo: quiero cambiar.

Efectivamente la mayoría de los seres que estaban ahí quiere cambiar, quieren ser mejores personas por eso se refugian en Dios, en el estudio, en la escritura. Aprovechan las oportunidades que les brinda la cárcel porque en algún momento los que debían ocuparse no lo hicieron.

Esas pequeñas cosas que pueden ser para nosotros que estamos libres como estudiar, aprender a leer, tener maestros, para ellos es un tesoro, que los escuchen, que los comprendan y los valoren como personas.

Muchos de los internos comenzaron la escuela primaria en la cárcel, vienen de familias humildes, tal vez si hubieran recibido la atención necesaria y básica que merecemos no hubieran caído en el encierro. Esta es mi postura, no justifico ningún delito pero trato de ver la raíz del problema, porque siempre se ven las consecuencias de lo último del proceso pero no se indaga el interior.

Educación, vivienda digna, trabajo ¿es mucho pedir? En estos tiempos sí es mucho, el sistema se preocupa por enriquecer a sectores del poder y empobrecer al resto… por eso las cárceles están repletas de pobres, morochos, analfabetos mientras que los ladrones de guante blanco se pavonean en el poder frente de nuestros ojos.
Escrito por Mayra Benejam

lunes, 8 de marzo de 2010

Pequeñas noticias del Servicio Penitenciario N°5, Villa María



-En abril saldría el tercer número de la revista ‘La Saeta’, una publicación de los internos que estudian en el INESCER.
Hasta ahora, sólo eran hombres los que intervinieron en la publicación, este año se suma una mujer a estudiar una carrera de dicho instituto.

- Todos los internos pueden acceder a la educación, ya sea de nivel primario, secundario, terciario o universitario. Este año fueron 120 los internos que se anotaron en 1° año del CENMA.

- Ellos elaborarán su propio pan, se inauguró una panadería dentro de la penitenciaria y algunos están aprendiendo el oficio.

- Durante el año pueden acceder a cursos que se dictan en la penitenciaria, algunos de ellos son de gasista, costura industrial, herrería, carpintería, cuentan con un lavadero de autos, cosen pelotas de cuero, y algunos trabajan en la granja.

domingo, 7 de marzo de 2010

VACAP: Vecinos Autoconvocados Contra los Abusos Policiales

Este artículo es para darle otra mirada a la problemática de los abusos policiales y al Código de Faltas. Derna Montero, activista de VACAP, tuvo la gentileza de brindarnos información para que dieramos a conocer su lucha. Veamos el resúmen.

¿Quiénes somos?

VACAP, es una organización de vecinos/as villamarienses movilizados por los hechos sistemáticos de abuso de autoridad de determinados policías, y que constituyen un sistema que no podemos dejar de vincular con políticas emanadas de la superioridad policial.
Nuestra organización es antirrepresiva, intentamos no solo interesarnos en los hechos de nuestra ciudad sino, en casos que ocurren en todo el país, lo que permite que profundicemos el análisis de cómo se maneja la política de Estado, para no confundir la represión como producto individual de algunos funcionarios sino entendiéndola en un marco ideológico mas amplio.
Trabajamos sobre algunas causas concretas; realizamos una intensa labor de denuncia, y acciones para que la ciudadanía se comprometa, contribuyendo a instalar el debate social sobre temas como la forma de intervención o la capacitación de las fuerzas de seguridad, en particular de la policía; trabajamos también sobre posibles cambios en la legislación vigente que permite grandes márgenes de discrecionalidad a los agente policiales, como por ejemplo el llamado “Código de Faltas de la Provincia de Córdoba”.
En este sentido entendemos que la plena vigencia de los derechos humanos solo es posible a través de la transformación social; es en este camino que orientamos nuestro trabajo, es por ello que necesitamos de otras instituciones para continuar y enriquecer la tarea de concienciar y comprometer.
Somos una organización política no partidaria en permanente discusión a través de una tarea educativa de difusión, resistencia y denuncia.

TEMAS que se tratan:
- Nos afecta todo hecho en el cual una persona sea víctima de las políticas represivas del estado, o de la represión política selectiva.
- Asumimos una defensa o resistencia política y no técnica o legal ya que no somos profesionales de las leyes.
- En el ámbito de la represión preventiva, nuestro objetivo central es promover la conciencia popular, poniendo en descubierto la realidad represiva cotidiana, combatiendo la “naturalización” de la represión que busca perfeccionar los mecanismos de dominación, e impulsando la organización popular en los barrios y sectores juveniles, desarrollando tares de formación e información.
- La organización barrial, entablar diálogo con familiares de víctimas; como tarea primordial, construir una organización a nivel nacional.
- Iniciar la coordinación con otros grupos que trabajen en el campo antirrepresivo, con los que podamos tener acuerdo para la discusión y acción.
- Autodefensa popular. Desarrollar materiales que circulen en barrios, colegios y facultades reproducidos por otras organizaciones y compañeros, como la cartilla “Tenés Derechos”.
- Cuestionar la conducta de las “fuerzas” cuando no permiten comunicación con la familia al momento de la detención. Como también la no identificación del agente o su rango en el uniforme.
- Evitar con la información difundida se aproveche de la indefensión de las víctimas. Los métodos que ponen en práctica son ilegales: detención por no poseer documento.
- Recabar todo dato posible personal sin una orden de captura. Palparlos en la vía pública sin razón. Detenerlos por la figura de “merodeo”, solo por caminar.
- El Código de Faltas revisarlo ya que se torna ilegal toda vez en que está basado en la presunción de que quedará librado a la propia conciencia de quienes lo ejecutan; sin inclinarse al debido control jurisdiccional o judicial de las conductas.

Hasta aquí Vacap nos cuenta los cimientos en los que se basan, a nuestro entender creemos que la polícia ha llegado demasiado lejos y que en vez de proteger a los ciudadanos pareciera que estuviera en contra de ellos.

viernes, 5 de marzo de 2010

Entrevista a Mirtha Vilella

Coordinadora del proyecto educativo que une al Servicio Penitenciario de Villa María y al INESCER

¿Qué tareas cumple en la penitenciaría?
-Mi función es coordinar y ser el nexo entre el INESCER y el Servicio Penitenciario. Concurro toda la semana o cada 15 días para llevar el material de estudio, acompañar a los docentes o tomar examen.

¿Cómo llegó a dedicarse a esto?
En el 2007 se firma un convenio entre el INESCER y el Servicio Penitenciario para ofrecer las carreras en la modalidad a distancia.
Esta idea surge a pedido de un interno que requería información sobre las carreras de la institución, entonces allí nace el proyecto.
Asimismo es una población variable porque de acuerdo a sus causas penales a veces estudian unos meses y luego son trasladados o quedan en libertad. El estudio funciona como un medio de contención.

¿Cómo se manejan con los materiales de estudio?
Hasta el año pasado yo había logrado que la CTA donara las fotocopias. Entonces yo fotocopiaba el material y se los llevaba. Pero este año se va a realizar un solo cuadernillo que estará disponible en la biblioteca de la cárcel y cada uno estudiará de ahí o le sacará fotocopia por su cuenta, dado que se hace imposible solventar el costo del material.

¿Cómo es la experiencia personal al trabajar con internos?
Para mí es sumamente enriquecedor, estoy muy conforme y me siento bien con los chicos. Además son muy respetuosos y están muy predispuestos. Aunque faltaría más compromiso por parte de los docentes de la institución.

¿Qué proyectos tienen para ese ámbito?
Este año continuamos con la revista La Saeta, se realizarán 5 ediciones. La primera es de interés general, y las restantes son temáticas como la del día de la madre, la del día del niño, entre otras.
Otro proyecto es realizar un encuentro con los alumnos de comunicación social de afuera para que también se involucren con ellos, y además que puedan escribir en la revista y compartir sus experiencias.
Por otro lado, hace poco se formó una banda de rock con los chicos que estudian las carreras del INESCER.

¿Con cuántos alumnos estas trabajando ahora?
En total son 9. Uno está terminando el primer año de Comunicación, otro va a comenzar. Tres están en Producción ganadera, uno se inscribe en Trabajo Social y otro está terminando el primer año. La mayoría son hombres, aunque este año se incorporó una chica en Trabajo Social.

¿Cómo es la relación con los directivos?
Hay mucha apertura de su parte, puesto que la directora es una profesional del área social y tiene otra mirada en comparación con directivos anteriores.
Además se ha invertido en educación, como la construcción de aulas, la participación de las universidades y del INESCER para brindar sus carreras ha sido muy productivo para que los internos tengan más oportunidades cuando salgan.


¿Cómo es la relación con los internos?
Es muy buena, aunque sólo una vez tuve un altercado con el interno que impulsó el proyecto de la revista. El motivo fue que es muy difícil ajustarse a las demandas de ellos con los horarios y los tiempos que se manejan de afuera.

¿Le gustaría modificar si podría ciertas políticas de la cárcel para hacer un trabajo con mayor libertad y sin tantas trabas burocráticas?
Es muy difícil trabajar en ese ámbito ya que es un lugar muy estructurado. Hay que pensar muy bien lo que vas a hacer ahí porque tienen otros límites, como por ejemplo que hay que llamar a los internos por su apellido no por el nombre. Todo es muy burocrático, por tanto quisiera que hubiera menos burocracia para hacer las cosas más fáciles.

jueves, 25 de febrero de 2010

Entrevista a Nelson Ariel Acosta, Fraile Trinitario

¿Cuál es tu rol en el trabajo de la cárcel?
-Nosotros como congregación el trabajar en la cárcel es un objetivo de la acción pastoral. En este caso en Villa María trabajamos con la gente de la Parroquia de la Pastoral Penitenciaria.
Tenemos a cargo la capellanía, es la asistencia espiritual en el penal, esto está regido por los estatutos del mismo. Las tareas específicas son celebrar la Palabra de Dios, acompañar a los internos de allí en sus causas judiciales. Tratamos de ser un nexo entre el penal y “el afuera”.
Asimismo no somos la única Iglesia que concurre, hay otras también.


¿El penal está superpoblado?
-Sí porque tiene la capacidad para 350 personas aproximádamente y hay 500 internos. Es un penal mixto.

¿Cómo es la relación que tienen con los internos?
-Nosotros tratamos de atenderlos por igual independientemente de sus creencias o la causa que los trajo allí, simplemente acompañamos y ayudamos en todo lo que podemos.
Por ello los internos nos tienen mucha confianza y esperan mucho de nosotros.


En cuanto a la educación del penal… ¿Cuántos asisten, quienes pueden asistir?
-Los que pueden asistir al beneficio de educarse son los internos que ya han recibido el resultado de su condena. Éstos pueden realizar cualquier taller, incluso hacer carreras terciarias o universitarias. Algunos por medio de puntaje pueden salir a asistir a las clases.
La cantidad aproximada son entre 60 y 70 entre chicos y chicas.

Educación en las cárceles


“La educación es la principal estrategia para combatir uno de los peores males del encierro: la socialización delictiva, que lleva a la reincidencia”

Por rudimentarias que sean las sociedades humanas organizan sistemas que posibilitan la incorporación del individuo en la cultura de la comunidad, sistemas que comúnmente llamamos escuelas.
En los sistemas penales es importante tener en cuenta que la gran parte de su población carcelaria está compuesta por personas que no han recibido la instrucción mínima, es decir que son personas con primaria incompleta y hasta analfabetos. Por tal motivo, un aspecto importante debe ser brindar a los alojados una enseñanza adecuada.
Podríamos definir a la educación en las cárceles como el desarrollo óptimo de las facultades físicas, intelectuales y morales del educando. Y a la instrucción, como la comunicación sistemática de ideas, conocimientos o doctrinas.
La educación y la instrucción en los sistemas penales deben ser integrales. Orientadas a que los alojados adquieran nuevos hábitos y comportamientos para su futura integración al medio social. Podríamos denominar que la educación en los sistemas debe ser un aprendizaje social.
En síntesis, el interno recibirá una enseñanza básica para su integración en la vida social obteniendo una capacitación que no solamente sea un elemento fundamental para desenvolverse en la sociedad, sino para la propia formación de la persona.
Si no se cuenta con un plan educativo acorde a la situación de estar en prisión, las personas que se encuentren en dicha situación, cuando salgan de la cárcel por haber cumplido su condena, se encontrarán con un nivel cultural igual o inferior al que tenían cuando ingresaron a la misma.
Esto lleva a que cuando una persona sale de prisión, sale con muchas sensaciones y pensamientos en contra del sistema, debido a que en varias penitenciarias se vive en un ambiente no propicio para la mejora de la persona, llevando a una alineación extrema. Por ello, la educación debe estar presente en todas las cárceles procurando un verdadero cambio y otorgando posibilidades concretas de un futuro mejor. Caso contrario, la reincidencia estará a un paso.
La educación es un derecho que hace a la condición del ser humano, ya que a partir de ella se construye el lazo de pertenencia a la sociedad, a la palabra, a la tradición, al lenguaje, en definitiva a la transmisión y recreación de la cultura, esencial para la condición humana.
Por lo tanto, quien no reciba o no haga uso de este derecho pierde la oportunidad de pertenecer a la sociedad, a participar de manera real y constituirse en un ciudadano, que haga uso de sus derechos y cumpla con sus deberes a favor del desarrollo de la sociedad.
En la actualidad vivimos una etapa de democracia formal, sin embargo existen situaciones de ejercicio autoritarista del poder: corrupción, impunidad, limitaciones en el acceso a la justicia y a la participación política de sectores de la población, creciente inequidad en la distribución de la riqueza y desigualdad de oportunidades para el ejercicio de derechos económicos, sociales y culturales. Estas características son signos de una situación que genera mayor exclusión económica, social y política a muchos grupos sociales que se encuentran desfavorecidos casi al infinito.
La cárcel es el lugar en el cual terminan aquellas personas que, en su mayoría, no han tenido educación, trabajo, salud y ningún tipo de garantías. El sistema los genera y excluye, generando sus propios mecanismos que responden a una lógica del poder que impera en ese momento
Es la educación en general, y en especial en los establecimientos penales, la que actúa como resguardo de la condición de ser humano para aquellas personas que alguna vez han delinquido. Por consiguiente, el encarcelamiento, aunque se considere un castigo justificado, no debe llevar consigo una privación adicional de los derechos civiles, ya que el único derecho que se priva, al estar detenido, es la libertad ambulatoria.
La educación se presenta como un lugar propio y específico donde es posible pensar una sociedad más justa, más elaborada, más construida, más de todos y de cada uno, más solidaria, en definitiva más humana, una educación que permita a quien la reciba significar, elaborar, modificar y construir su propio camino.

El polémico Código de Faltas

Introducción

Decidimos indagar en este tema cuando nos comentaron que existía una herramienta legal que posee la policía para detener a personas por merodeo. Leyendo e informándonos sobre la problemática descubrimos que hay muchos artículos periodísticos que reclaman la eliminación de este artículo en el Código dado que éste es inconstitucional y va en contra del Pacto de San José de Costa Rica.
La gran polémica surge cuando se dictamina que cualquier persona en situación de merodeo que considere la policía puede ser arrestado sin tener derecho a un abogado y a un juicio previo con sentencia firme. Los jueces en este caso sería la misma policía.
Lo grave en este Código es que no se contemplan las normas regidas en la Constitución Nacional, es decir, que va en contramano con ésta.
Merodeo en zona urbana y rural

El Código de faltas de la provincia de Córdoba estipula como contravención (delito leve) el merodeo en zona urbana y rural.
El artículo 86 es el referido al tema dice que: serán sancionados con multa de hasta cinco unidades de multa o arresto hasta cinco días, los que merodearen edificios o vehículos, establecimientos agrícolas, ganaderos, forestales o mineros, o permanecieran en las inmediaciones de ellos en actitud sospechosa, sin una razón atendible, según las circunstancias del caso, o provocando intranquilidad entre sus propietarios, moradores, transeúntes o vecinos.
Vale aclarar algunos términos:
Merodear: es vagar, andar o circular sin motivo por las inmediaciones de algún lugar, en general con malos fines.
Permanecer: es estar, quedarse en algún lugar. Para su tipicidad es requisito que la permanencia sea en sí misma una actitud sospechosa, en el sentido de inspirar desconfianza para cualquier observador según las circunstancias del caso.

Según la Constitución Nacional Argentina

La ley madre de nuestra patria afirma en el Artículo 18 que: Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. (…) Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad, y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.
En este artículo podemos discernir que la Constitución muy poco se tiene en cuenta y se encuentra carente de cumplimiento.
Las cárceles están repletas de presos y en mal estado ediliciamente. Además la primer parte remarcada del texto superior, queda totalmente obsoleta dado que en el Código de Faltas en cuestión no lo respeta. Entonces me pregunto, La Constitución para que nos sirve? Vale más un Código provincial que una ley Nacional que es para todos?? Bueno viéndolo a través de este tema parece que sí…

Según el Pacto de San José de Costa Rica

Aquí señalaremos los puntos que creemos importantes para desarrollar más el tema.

Artículo 7. Derecho a la Libertad Personal
1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal.
2. Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas.
3. Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios.
4. Toda persona detenida o retenida debe ser informada de las razones de su detención y notificada, sin demora, del cargo o cargos formulados contra ella.
5. Toda persona detenida o retenida debe ser llevada, sin demora, ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales y tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso. Su libertad podrá estar condicionada a garantías que aseguren su comparecencia en el juicio.
6. Toda persona privada de libertad tiene derecho a recurrir ante un juez o tribunal competente, a fin de que éste decida, sin demora, sobre la legalidad de su arresto o detención y ordene su libertad si el arresto o la detención fueran ilegales. En los Estados Partes cuyas leyes prevén que toda persona que se viera amenazada de ser privada de su libertad tiene derecho a recurrir a un juez o tribunal competente a fin de que éste decida sobre la legalidad de tal amenaza, dicho recurso no puede ser restringido ni abolido. Los recursos podrán interponerse por sí o por otra persona.
7. Nadie será detenido por deudas. Este principio no limita los mandatos de autoridad judicial competente dictados por incumplimientos de deberes alimentarios.

Artículo 8. Garantías Judiciales
1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.
2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
a) derecho del inculpado de ser asistido gratuitamente por el traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma del juzgado o tribunal;
b) comunicación previa y detallada al inculpado de la acusación formulada;
c) concesión al inculpado del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa;
d) derecho del inculpado de defenderse personalmente o de ser asistido por un defensor de su elección y de comunicarse libre y privadamente con su defensor;
e) derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado, remunerado o no según la legislación interna, si el inculpado no se defendiere por sí mismo ni nombrare defensor dentro del plazo establecido por la ley;
f) derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan arrojar luz sobre los hechos;
g) derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable, y
h) derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior.
3. La confesión del inculpado solamente es válida si es hecha sin coacción de ninguna naturaleza.
4. El inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio por los mismos hechos.
5. El proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para preservar los intereses de la justicia.


Para tener una idea más clara del tema y escuchar la voz de alguien que está en esto, se entrevistó al Comisario Mayor Ever Villarroel de la policía de Bell Ville.

¿Cómo actúa la policía ante las contravenciones por merodeo?
-La forma de actuar ente una contravención de este tipo es por llamado telefónico. Es decir cuando la persona se siente intranquila ante la presencia de otra llama al comando para que vaya a verificar.

Con la implementación de las normas del Código de Faltas de la provincia y el aumento de agentes en la calle… ¿han disminuido los delitos menores?
-Los delitos menores han disminuido en los últimos seis meses en cuanto a la cantidad. Debe ser que ahora la gente colabora más y ha perdido un poco el miedo “al no te metas”.

¿Qué opina Ud. Sobre el artículo de merodeo? Dado que las personas detenidas no deben ser necesariamente culpables de un delito para ser arrestados.
-Yo no puedo opinar como policía sobre una ley que está dada. -¿y cómo ciudadano? –Tampoco.

¿Cuáles son las contravenciones más frecuentes?
-Las más frecuentes son las de: Consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, escándalo y riña en la vía pública, y el merodeo vendría después. Éste último no es tan habitual.

¿Qué quiere decir Averiguación de Antecedentes?
-Es una figura que se usaba antes, cuando la autoridad policial podía trasladar a la dependencia una persona para averiguar sus antecedentes penales o contravencionales. Eso ya no se utiliza más, sólo se usa cuando se está instruyendo un sumario contravencional o penal a una persona. Recién allí se revisan los antecedentes para saber si ha reincidido, si tiene pedido de captura, entre otros. Asimismo no es necesario que la persona sea arrestada para ver sus antecedentes, puede realizarse con una orden judicial o por una presunción de que ha cometido un delito.

Como opinión personal, ¿Cuál sería la forma para hacer una sociedad más segura o como era unos años antes?
-La forma más ágil, es que la población llame a las autoridades en la medida que se vean cosas que no son acordes a las buenas costumbres, a la convivencia pacífica. Debido que en ocasiones se cometen delitos y uno calla por temor o para no meterse. Mientras miremos para otro lado, las cosas no se solucionarán y se seguirá agravando.

A pesar que el Código de faltas de la Provincia no respete el Artículo 18 de la Constitución Nacional, ¿Cree que la aplicación de este Código son efectivos?
-El Código de faltas siempre existió, pero con el paso del tiempo fue modificado. Yo creo que mientras la gente colabore y se pueda prevenir un hecho, es mucho más efectivo que investigarlo. Cómo herramienta legal es muy eficaz y colabora mucho más en la prevención.

Conclusión

Cómo análisis de lo investigado en el asunto del merodeo y del Código de Faltas, podemos señalar puntos importantes para la reflexión.
Parece que la policía para derrotar la inseguridad que se vive en las calles tiene como principio que: el fin justifica los medios… Personalmente con la creación de más cárceles y más policías el delito no se combate, se genera todavía más una violencia mutua. Nadie piensa en la prevención, en las condiciones que vive la persona detenida ni el por qué de sus actos, sólo se juzga y se oprime. Las cárceles están repletas de gente muy humilde, que en muchos casos si hubieran tenido una educación y un trabajo digno no estarían allí.
Por otro lado, vale aclarar que no es solamente la policía que participa con este pensamiento, también son los legisladores y políticos, quienes se olvidaron que existe la Constitución y el Pacto de San José de Costa Rica, en los cuales se aclaran los derechos y garantías de las personas.
El Código de Faltas de la Provincia está pensado para que la policía actúe con más libertad y menos pasos judiciales y así detener a más personas aunque sea por cinco días. Asimismo este tema tiene un trasfondo mucho más complejo, en el que entra en juego la cultura, los sectores más humildes, los prejuicios de la sociedad y ese pensamiento antiguo y conservador de extirpar, segregar la manzana podrida del cajón. Esto no es así, no es una solución definitiva, sin embargo es la realidad que vivimos día a día.